martes, 27 de abril de 2010

¿Cambiará el obispado de Girona su postura de resistencia al motu proprio?



El coetus fidelium (grupo de fieles) Una Voce Girona acaba de hacer público en su sitio virtual un comunicado en el que informan que, habiendo denegado el obispo de Girona a su presidente la posibilidad de la celebración regular de la misa romana clásica en su circunscripción, en aplicación del motu proprio Summorum Pontificum, se ha optado por asistir a la que tiene lugar en una parroquia de la vecina diócesis franco-catalana de Perpiñán-Elna. He aquí el texto en el catalán original y en nuestra traducción castellana:


Comunicat sobre l’assistència
a la Santa Missa tradicional


La junta directiva del cœtus fidelium «Una Voce Girona» comunica:

Que el passat 16 de desembre de 2009 el president del cœtus fidelium es reuní amb l’Excm. i Rvdm. Mons. Francesc Pardo, Bisbe de Girona a fi de demanar oficialment el vist-i-plau per celebrar regularment la Santa Missa en la forma extraordinària del Ritu Romà.

Que la nostra demanda fou denegada, malgrat complir amb totes les condicions establertes pel motu proprio «Summorum Pontificum».

Que, davant aquesta situació, en la reunió de la junta directiva del 19 de desembre de 2009 es decidí d’acollir-se a l’oferiment d’assistir a la Santa Missa tradicional dominical que se celebra a la Capellania de la Sanch, parròquia de Sant Jaume de Perpinyà, diòcesi d’Elna-Perpinyà.

Que durant els darrers quatre mesos diversos membres del cœtus fidelium i alguns altres fidels gironins interessats en la litúrgia tradicional han assistit a les funcions religioses a la parròquia de Sant Jaume, legítimament autoritzades per l’Excm. i Rvdm. Mons. André Marceau, Bisbe d’Elna-Perpinyà, de la mateixa manera que ho feren els seus antecessors, Mons. Fort i Mons. Chabbert.

Que, davant l’èxit d’aquesta iniciativa, el cœtus fidelium «Una Voce Girona» l’obre a tots aquells fidels gironins que desitgin d’assistir a la Santa Missa tradicional a la parròquia de Sant Jaume de Perpinyà. Les persones interessades poden escriure a unavocegirona@gmail.com.


La junta directiva del cœtus fidelium «Una Voce Girona»



Comunicado sobre la asistencia
a la Santa Misa tradicional


La junta directiva del cœtus fidelium «Una Voce Girona» comunica:

Que el pasado 16 de diciembre de 2009, el presidente del cœtus fidelium se reunió con el Excmo. y Revmo. Mons. Francesc Pardo, obispo de Gerona a fin de pedir oficialmente su visto bueno para celebrar regularmente la Santa Misa en la forma extraordinario del Rito Romano.

Que nuestra petición fue denegada, a pesar de cumplir con todas las condiciones establecidas por el motu proprio Summorum Pontificum.

Que, ante esta situación, en la reunión de la junta directiva del 19 de diciembre de 2009, se decidió acogerse al ofrecimiento de asistir a la Santa Misa tradicional dominical que se celebra en la Capellanía de la Sanch, parroquia de Sant Jaume de Perpiñan, diócesis de Elna-Perpiñán.

Que durante els los últimos cuatro meses, varios miembros del cœtus fidelium y algunos otros fieles gerundenses interesados por la liturgia tradicional han asistido a las funciones religiosas que tienen lugar en la mencionada parroquia de Sant Jaume, legítimamente autorizadas por el Excmo. y Revmo. Mons. André Marceau, obispo de Elna-Perpiñán, de la misma manera que lo fueron por sus predecesores Mons. Fort y Mons. Chabbert.

Que, ante el éxito de esta solución, el cœtus fidelium «Una Voce Girona» la pone a disposición de todos aquellos fieles gerundenses que deseen asistir a la Santa Misa tradicional en la parroquia de Sant Jaume de Perpiñán. Las personas interesadas pueden escribir a unavocegirona@gmail.com.

La junta directiva del cœtus fidelium «Una Voce Girona»


Nuetro comentario


1. En primer lugar, esperamos que nuestros hermanos de Una Voce Girona no hayan cometido un error muy difundido entre los fieles (el mismo que cometieron en su día nuestros hermanos de Una voce Málaga): dirigirse directamente a su Ordinario para acogerse al motu proprio Summorum Pontificum en lugar de seguir el trámite indicado por el mismo documento papal (art. 7): primero, acudir al párroco o rector de iglesia; segundo, en caso de negativa o inhibición de éste, recurrir al obispo (al que “se recomienda vivamente satisfacer” los deseos de los fieles); tercero, en fin, si el obispo “no puede proveer a esta celebración”, remitir el caso a la Pontifica Comisión Ecclesia Dei. Hay que agotar los pasos previos antes de dar los siguientes. De otro modo, se corre el riesgo de que el obispo arguya que él no ha denegado nada porque no tiene nada que denegar al no constarle que se haya hecho petición alguna a los párrocos y que éstos se hayan rehusado a acogerla.

2. Se comprende, sin embargo, que ningún párroco o rector de iglesia quiera malquistarse con obispos que no manifiestan ninguna simpatía por la liturgia romana clásica ni por el motu proprio papal que la liberaliza. Por desgracia, fue Girona, precisamente, la primera diócesis en Cataluña, en España y en el mundo, cuyo prelado (por entonces Mons. Carles Soler Perdigó, hoy emérito) afirmó públicamente, a las pocas horas de promulgado Summorum Pontificum, que este documento no sería de aplicación en su jurisdicción, con lo cual sentaba una triste primacía de resistencia a un deseo y disposición del Romano Pontífice. Con tan meridiana declaración de intenciones de su superior jerárquico (del que dependen para todo), era hasta cierto punto natural que los sacerdotes gerundenses con cura de almas prefirieran mantenerse al margen de toda iniciativa a favor del cumplimiento del motu proprio, que podría haberles acarreado consecuencias perjudiciales. Bajo el pontificado Soler se explicaba, pero ¿con Monseñor Pardo?

3. La presunta actitud del nuevo obispo de Girona, Mons. Francesc Pardo Artigas -sorprendente en un prelado más bien con fama de comprensivo- podría quizás entenderse (aunque no justificarse). Comoquiera que detrás de la escandalosa actitud de Mons. Soler se hallaba también el influjo del establishment litúrgico bugniniano, no sería de extrañar que Mons. Pardo, tal vez mediatizado por ese mismo establishment, prefiera dejar las cosas como están, a costa de marginar a un sector de sus fieles, negándose a dar curso a sus aspiraciones (las que el venerable Juan Pablo II calificó de “legítimas”). Pero esto no sería actuar en comunión con el Papa ni en beneficio de las almas. Un obispo debe saber ser pastor y cumplir con su deber sin ningún estorbo (que para eso es el que preside la iglesia particular que le está confiada). Claro que siempre queda la triste posibilidad de que el actual ordinario gerundense haya obrado en el asunto que nos ocupa sin cortapisas, en la misma deplorable línea de personal oposición al motu proprio de Benedicto XVI de su predecesor (aunque sinceramente esperamos que no sea el caso).

4. La hospitalidad de la parroquia de Sant Jaume de Perpiñán, siendo que es encomiable y digna de todo reconocimiento, no es una solución. Los fieles tienen derecho a que su vida espiritual se desarrolle en sus propias parroquias y diócesis, y sus prelados y sacerdotes tienen el deber de ofrecerles los medios para ello. El motu proprio Summorum Pontificum propone los medios por lo que se refiere a los fieles vinculados a la liturgia romana clásica o tradicional. No hay, pues, otra cosa sino ponerlos por obra en espíritu de esa reconciliación interna de la Iglesia que invoca el Santo Padre Benedicto XVI y que tan necesaria es al cabo de demasiados años de una controversia que nunca habría debido tener lugar, ya que, como el mismo Papa afirma, el Misal del beato Juan XXIII, publicado en 1962, “nunca fue abrogado y permaneció, en principio, siempre en vigor” (Carta a los Obispos que acompaña el motu proprio Summorum Pontificum). El coetus fidelium Una Voce Girona no debería, pues, darse por vencido contentándose con un apaño injusto e incómodo (como es el de tener que desplazarse a otra diócesis cuando en la suya debería poder encontrar lo mismo que en aquélla). Sería conveniente que se siguiera exactamente el trámite indicado en el motu proprio y recurrir a Roma.

5. Se pondría una vez más de manifiesto la lamentable situación litúrgica de España y, especialmente, de Cataluña, donde las sanas tendencias de “reforma de la reforma” que llegan de Roma se dejan escasamente sentir. La recepción del motu proprio del 7 de julio de 2007 no está siendo todo lo normal que cabría esperar de un episcopado que se supone está en comunión con el Vicario de Cristo y que, en otros aspectos, hace de ello gala. No ha ayudado ciertamente, el que desde la página virtual del Secretariado Episcopal de Liturgia de la Conferencia Episcopal Española apareciera hasta hace poco (cuando fue felizmente retirado, gracias a una campaña de la asociación hermana Una Voce Málaga) un artículo en escasa sintonía con el documento papal, como si fuera la línea (claramente disuasoria) de pensamiento oficial de nuestros obispos en el tema de la liturgia romana clásica. Afortunadamente, los grupos de fieles al abrigo del motu proprio, se van multiplicando en la Península y, tarde o temprano, los ordinarios de lugar tendrán que tomar debida nota y rendirse a la evidencia de que es mejor seguir el ejemplo extraordinario de comprensión y solicitud pastoral que les está dando el Papa. Cosa que nos alegraría sinceramente a quienes reafirmamos nuestra plena comunión eclesial.

Por supuesto, todo cuanto acabamos de exponer es bajo reserva de inventario. Nos gustaría conocer la explicación del Obispado de Girona (porque, sin duda, alguna tendrá).


De Soler a Pardo: nihil mutatur?

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